Votantes con Discapacidades
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La Ley de Estadounidenses con Discapacidades («ADA») exige que el programa de votación del Condado de Harris sea accesible para las personas con discapacidades. El Departamento Electoral de la Secretaría del Condado de Harris cuenta con un procedimiento de quejas que proporciona una resolución rápida y equitativa de las quejas que alegan acciones prohibidas por la ADA.Si usted o una persona con discapacidad ha encontrado obstáculos para votar o ha sido discriminado en violación de la ADA, puede presentar una queja utilizando el Formulario de Queja de Discapacidad. Si necesita ayuda para llenar el formulario, el personal del Condado de Harris (incluyendo jueces electorales, trabajadores electorales, empleados) o el Coordinador de la ADA le ayudarán.

Votar por Correo


En Texas, los votantes mayores de 65 años o discapacitados pueden presentar una solicitud anual de voto por correo al secretario de votación anticipada a partir del primer día del año civil.

Los votantes temporalmente discapacitados pueden presentar una solicitud de boleta por correo para una elección específica en cualquier momento del año de la elección para la cual se solicita una boleta, pero no más tarde del cierre de las actividades regulares en la oficina del secretario de votación anticipada o a las 12 del mediodía, lo que ocurra más tarde, el 11º día antes del día de la elección, a menos que ese día sea sábado, domingo o día festivo legal estatal o nacional, en tal caso el último día es el primer día hábil regular anterior. Los solicitantes elegibles recibirán una boleta por correo y deberán devolverla al secretario de votación anticipada. La boleta votada debe ser entregada al Departamento Electoral de la Oficina de la Secretaría del Condado de Harris por correo, o mensajería común o contratada antes de las 7 p.m. del día de las elecciones.

Votar en la Acera


Los votantes que sean físicamente incapaces de entrar en el Centro de Votación, sin ayuda personal o riesgo de lesión para la salud del votante, pueden solicitar al Juez que Preside que les permita votar fuera del Centro de Votación.

Se colocará un timbre especial en la acera cerca de la entrada del centro de votación, para que el votante pueda tocar el timbre desde su vehículo. Después de que el votante marque la boleta, se la entregará al funcionario electoral, que la introducirá en la urna. O, a petición del votante, un acompañante puede entregar el voto y depositarlo por él. Votar en la acera no acortará el tiempo en el Centro de Votación, ya que los votantes en la acera son votados a medida que su lugar en la fila llega a la mesa de verificación.

Si tiene alguna pregunta sobre la votación en la acera, puede comunicarse con la oficina de Elecciones al 713-755-6965.

Votar en el Centro de Votación


El equipo de votación ofrece a los votantes con discapacidades la posibilidad de votar de forma independiente y privada en el Centro de Votación durante el período de votación anticipada o el día de las elecciones.

El equipo de votación está preequipado con dos botones grandes como ayuda de accesibilidad para los votantes cuyas habilidades táctiles no se prestan fácilmente al manejo de botones empotrados. La clavija en la que se conectan estas entradas táctiles es una clavija estándar de 3.5 mm, lo que permite a los votantes que prefieran proporcionar su propio dispositivo de entrada (como un dispositivo sip/puff) hacerlo. El votante también tiene a su disposición un par de audífonos estándar, o la opción de conectar sus propios audífonos, a través de los cuales se narrarán todas las operaciones. Esto permite a un votante con problemas de visión navegar por el equipo de votación sin ayuda de terceros.

Circunstancias Especiales


Puede presentar una solicitud de boleta tardía por enfermedad o discapacidad después del último día de votación anticipada y antes de las 5:00 p.m. del día de las elecciones. Para calificar, la enfermedad o incapacidad debe originarse en o después del 12º día antes del día de las elecciones. (Secs. 102.001; 102.003).

Usted puede presentar una solicitud para votar debido a una muerte en la familia inmediata que ocurrió en o después del 5º día antes del día de las elecciones y estará ausente del condado el día de las elecciones. (Secs. 103.001; 103.003b).

Los votantes están obligados a presentar una solicitud para estos casos específicos. Comuníquese con la División de Elecciones al 713-755-6965 si tiene preguntas.

Aviso de Prioridad de Orden de Votación


De conformidad con la Sección 63.0015 del Código Electoral de Texas: Un funcionario electoral dará prioridad en el orden de votación a las personas con un problema de movilidad que afecte sustancialmente la capacidad de la persona para moverse.

Los votantes que deseen tener prioridad en el orden de votación y ser aceptados para votar antes que otros en la fila para votar en ese Centro de Votación pueden indicarlo a cualquier funcionario electoral que preste servicio en el Centro de Votación.

AVISO DE PRIORIDAD EN EL ORDEN DE VOTACIÓN PARA VOTANTES CON DETERMINADAS DISCAPACIDADES

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